En esta nueva entrada ubicada dentro de nuestra sección de conceptos de economía básicos vamos a explicar cómo se calcula la prestación por desempleo, repasando de manera previa algunos de los requisitos existentes para acceder a la misma y detallando asimismo la concreción de la duración y la cuantía resultante del periodo de cotización abarcado por el perceptor.

Cabe destacar que parte de la terminología relacionada con las cuestiones relativas al funcionamiento la Seguridad Social española se puede revisar en el artículo “¿Cómo se calcula la pensión de jubilación?”, donde se detallan aspectos vinculados a la base reguladora, esto es, la referencia inicial a partir de la cual comienza el procedimiento de cuantificación de la prestación.

De modo que en un primer momento desglosaremos los principales requisitos y aspectos del cálculo de la prestación por desempleo contributivo para terminar, en última instancia, con los correspondientes al subsidio.

Prestación por Desempleo

Requisitos:

Haber trabajado o cotizado a la Seguridad Social durante 360 días dentro del periodo de los últimos seis años anteriores a la existencia de la situación legal de desempleo.

Duración de la prestación:

En función de los días de cotización acumulados durante los últimos seis años anteriores a la existencia de la situación legal de desempleo, conforme al siguiente gráfico.

Duración Prestación Desempleo. Cotización

Cuantía de la prestación:

Se toma como referencia la suma de las bases de cotización por desempleo de los 180 últimos días y se divide entre 180 al objeto de calcular la base reguladora diaria. A continuación se multiplica por 30 para calcular la base reguladora mensual.

Durante los seis primeros meses el importe de la prestación asciende al 70% de dicha base reguladora mensual, pasando a ser del 50% a partir de dicho periodo.

Teniéndose en cuenta que habrá que descontar de tal importe, no obstante, la retención de IRPF correspondiente junto con la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes (el 4,7% de la base reguladora).

Tope mínimo:

Si el perceptor no tiene hijos a su cargo la cuantía de la prestación nunca podrá ser inferior al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual, ascendiendo al 107% del IPREM mensual si el perceptor tiene al menos un hijo a su cargo.

Tope máximo:

El 175%, 200% o 225% del IPREM, si no tiene hijos a su cargo o si tiene uno o al menos dos, respectivamente.

Subsidio de Desempleo

Requisitos:

Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo y carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Duración de la prestación:

Seis meses, prorrogables por otros dos periodos de seis meses más hasta totalizar dieciocho, teniéndose en cuenta que los mayores de 45 años que hubieran agotado una prestación por desempleo contributiva de al menos seis mes, podrían prorrogar el subsidio hasta los dos años.

Cuantía de la prestación:

El 80% del IPREM; en la actualidad 426 euros mensuales.