1- “Flexibilidad”. Concepto que en la boca del presidente de la patronal empresarial, Juan Rosell, significa “concesión estatal de facilidades exclusivas para el colectivo empresarial”. Perennemente, dichas facilidades se refieren, con carácter exclusivo, al derecho de despedir y contratar trabajadores con los menores costes laborales posibles.
2- “Realidad económica”. Término empleado para describir con tono neutral situaciones de una determinada coyuntura económica que se caracteriza por la contratación temporal y desmedida de trabajadores por periodos cortos de duración, una o dos semanas. A modo de ejemplo de realidad económica suele citar las miles de contrataciones realizadas por escasos días que genera el Mobile World Congress anual de Barcelona.
3- “Rigidez”. Concepto usado en los discursos políticos de Juan Rosell para aludir a las condiciones jurídicas de protección laboral existentes en España en el periodo de crisis económica, cuando en menos de doce meses más de un millón de trabajadores llegaron a ser despedidos y abocados al paro de larga duración en 2009. Algo que en su opinión se hubiera evitado por completo con una mayor “flexibilidad”, usando el sentido que en su particular diccionario posee este término.
4- “Competitividad”. Vocablo referido para identificar incrementos de los márgenes empresariales a costa de reducir los salarios de la plantilla de empleados. En el lenguaje de Juan Rosell, la competitividad nunca alude a un concepto en el que la inversión en investigación y desarrollo, entre otros factores distintos a los costes laborales, juegue un papel preponderante.
5- “Paraíso fiscal”. Figura o, mejor dicho, territorio geográfico en el que poder radicar la sede social de una empresa mercantil con el objetivo de ingresar menos impuestos al estado en el que originalmente se desarrolla la actividad económica. Para él, la pura existencia de un territorio con soberanía en materia impositiva, y que reduce los tipos fiscales con respecto de los que son habituales en el conjunto del resto de países internacionales, constituye una oportunidad para mejorar la “competitividad” y reduce a “confiscatorios” los impuestos del estado donde radicaba originalmente la sede de la sociedad.